En esta entrada, unas de las primeras hablaremos de algo muy importante y que puede a llegar hasta tumbar la escritura si no estamos bien enterados: EL IMPUESTO.
A nadie nos agrada pero nadie se puede deslindar de el.
Recuerden que la compra venta de una casa, departamento, local, bodega, comercio o terreno genera el impuesto sobre la renta para el vendedor y el impuesto de transmisión patrimonial para el comprador.
No existe ninguna cuota fija para saber cuanto sera, porque lamentablemente esto se basa en el tipo de inmueble, el estado y municipio en donde se ubica, también quien vende y los antecedentes del inmueble.
Lo que si es que se puede calcular un 20% del valor comercial del inmueble, aproximadamente.
Hay manera de no pagar este impuesto sobre la renta?
Claro que la hay, presentando los últimos 6 meses de recibos de teléfono o recibos de luz CFE en original.
Lamentablemente, el impuesto de transmisión patrimonial no se puede deslindar y se debe pagar. El costo depende de todo lo mencionado anteriormente.
También les quiero platicar sobre algo que leí en Metroscúbicos sobre la cesión de derechos.
Lo que genera dicha cesión y la buena noticia que cuando se cede (hereda) sobre linea directa (cónyuges, padres o hijos) NO genera un impuesto.
El impuesto sobre la cesión de derechos se genera cuando no se hace en linea directa (tíos, primos, personas ajenas a la familia) Aquí si se cobrara el impuesto, puede ser un 20% sobre el valor comercial del inmueble.
Les dejo toda la explicacion de Metroscubicos sobre dicha cecion e impuesto.
http://www.metroscubicos.com/consejos.m3/distrito_federal/que_impuestos_genera_la_cesion_de_una_propiedad/pagina_1
Sin mas por el momento, quedamos a sus ordenes.
La informacion la tiene, usela y recuerde que en PIO-- Proyectos Inmobiliarios de Occidente, estamos ´´Buscando su hogar ideal´´
L.N.I. Elena Sainz
No hay comentarios:
Publicar un comentario